Calculadora de retención de IRPF para facturas de autónomos

Introduce la base imponible, el IVA y el porcentaje de retención y obtén el total a pagar. Se calcula en tu navegador: no se envía nada.

Cómo se calcula la retención de IRPF

La retención es un porcentaje de la base imponible (no del total con IVA) que quien paga la factura descuenta al profesional y que ingresa en Hacienda a cuenta del IRPF de éste. Total a pagar = base + IVA − retención.

EjemploImporte
Base imponible1.000,00 €
IVA 21 %+ 210,00 €
Retención 15 %− 150,00 €
Total a pagar1.060,00 €

Porcentajes habituales

  • 15 %: tipo general para profesionales (por ejemplo, abogados, traductores, diseñadores) que facturan a empresarios o profesionales.
  • 7 %: tipo reducido que pueden aplicar los profesionales en el inicio de su actividad, si cumplen las condiciones que fija la normativa.
  • 19 %: tipo habitual en retenciones sobre alquileres de inmuebles urbanos.

Los porcentajes y las condiciones pueden cambiar y existen otros casos (actividades agrícolas, ganaderas, etc.). Compruébalos en la Agencia Tributaria o con tu asesor.

¿Cuándo hay que aplicar retención?

En general, cuando un profesional (con actividad profesional, no empresarial) factura a otro empresario o profesional. Normalmente no se aplica si el cliente es un particular. Lo explicamos con más detalle en la guía de retención de IRPF en facturas de autónomos.

Resultado orientativo. Redondea al céntimo. Para decidir si procede aplicar retención y qué porcentaje, consulta con tu asesor.

Comparativa con distintas bases

Total a pagar al profesional con IVA del 21 % según la retención aplicada (importes ficticios):

BaseIVA 21 %Retención 15 %Total con 15 %Retención 7 %Total con 7 %
500,00 €105,00 €75,00 €530,00 €35,00 €570,00 €
1.500,00 €315,00 €225,00 €1.590,00 €105,00 €1.710,00 €
3.000,00 €630,00 €450,00 €3.180,00 €210,00 €3.420,00 €

Qué ocurre con la retención después

El cliente que paga la factura no se queda con la retención: la ingresa en Hacienda en nombre del profesional (habitualmente mediante el modelo 111). El profesional, por su parte, la descuenta de lo que debe pagar por IRPF, tanto en sus pagos fraccionados trimestrales como en la declaración anual. Es, por tanto, un adelanto de impuestos, no un gasto.

Errores habituales

  • Calcular la retención sobre el total con IVA en lugar de sobre la base.
  • Aplicar retención a un cliente particular, a quien normalmente no corresponde.
  • Olvidar la retención en la factura y tener que emitir después una rectificativa.
  • Confundir el 7 % de inicio de actividad con una opción libre: tiene condiciones que deben cumplirse.

Preguntas frecuentes

¿La retención se calcula sobre el total o sobre la base?

Sobre la base imponible, es decir, sin incluir el IVA.

¿Qué retención aplico si acabo de darme de alta?

En el inicio de la actividad puede aplicarse un tipo reducido si se cumplen las condiciones legales. Confírmalo con tu asesor.

¿La retención es un gasto para el profesional?

No: es un anticipo del IRPF que se descuenta de la cuota anual. Se refleja en el modelo correspondiente.

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