Las dos caras del IVA
- IVA repercutido: el que tú cobras a tus clientes en tus facturas emitidas. Es de Hacienda: lo recaudas por cuenta del Estado.
- IVA soportado: el que pagas a tus proveedores en las facturas que recibes. Si el gasto es deducible, puedes restarlo.
Cómo se calcula lo que se ingresa
De forma general, en cada periodo de liquidación: IVA a ingresar = IVA repercutido − IVA soportado deducible. Si sale positivo, se ingresa; si sale negativo, puede compensarse en periodos posteriores o solicitarse su devolución, según los casos.
Ejemplo con facturas ficticias (un trimestre)
| Concepto | Base | IVA |
|---|---|---|
| Facturas emitidas a clientes (21 %) | 6.000,00 € | 1.260,00 € |
| Compras y gastos deducibles (21 %) | 1.500,00 € | 315,00 € |
| Gastos con IVA reducido (10 %) | 200,00 € | 20,00 € |
| IVA repercutido | 1.260,00 € | |
| IVA soportado deducible | 335,00 € | |
| Resultado a ingresar | 925,00 € |
Condiciones para deducir el IVA soportado
- El gasto debe estar relacionado con tu actividad.
- Debes tener la factura completa a tu nombre y con tu NIF.
- La factura debe estar correctamente registrada en el libro de facturas recibidas.
- Hay gastos con limitaciones o exclusiones: consulta con tu asesor.
Cómo ayuda tener los datos ordenados
Para saber cuánto IVA has soportado necesitas sumar, por tipo de IVA, las bases y cuotas de tus facturas recibidas. Con el convertidor de facturas a Excel tienes una columna de base y cuota por tipo, y con la plantilla de facturas recibidas el resumen trimestral se calcula solo. Más sobre el modelo de liquidación en modelo 303: qué datos necesitas.
Fuentes oficiales para consultar
Esta guía se basa en normativa pública. Puedes consultar los textos originales (la redacción vigente puede haber cambiado):
Preguntas frecuentes
¿Puedo deducir todo el IVA soportado?
No siempre: depende de que el gasto esté vinculado a la actividad, esté bien justificado y no esté excluido o limitado por la ley.
¿Qué pasa si mi IVA soportado supera al repercutido?
El resultado es negativo: se puede compensar en los periodos siguientes o, en ciertos casos, pedir la devolución.
¿El IVA que cobro es un ingreso mío?
No: es un impuesto que recaudas por cuenta de Hacienda, y que luego liquidas (restando el soportado).